MENORES EN DESAMPARO.
Una vez hecho esto, comienza la exposición:
El desamparo supone la existencia de unos hijos menores de edad respecto de los cuales sus progenitores, el tutor, o los titulares de la autoridad familiar, están incumpliendo sus deberes de asistencia y protección, o lo hacen deficientemente. Esto puede darse por tres causas fundamentales:
- Imposibilidad ejercicio de los deberes de protección.
- Incumplimiento de los deberes de protección.
- Inadecuado cumplimiento de los deberes de protección
Dentro del desamparo, se pueden establecer varios tipos de maltrato a los menores, por ejemplo, de forma general:
- Maltrato físico, “cualquier acción no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque daño físico o enfermedad en el niño o le coloque en grave riesgo de padecerlo”
o Como castigo disciplinario
o Agresiones a un niño no querido o deseado
o Como descarga emocional impulsiva sin intención de provocar daño
o Etc.
Esto puede tener varias consecuencias como:
o Fisiológicas
o Tristeza, depresión, incapacidad …
o Conductas agresivas
o Retraso escolar
o Etc. - Maltrato y abandono emocional, maltrato emocional es “la hostilidad verbal crónica en forma de insulto, desprecio, crítica o amenaza de abandono, y constante bloqueo de iniciativas de interacción infantiles (desde la evitación hasta el encierro o confinamiento) por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar”
Consecuencias:
o Depresión
o Baja autoestima
o Tristeza
o Fracaso
o Etc. - Abuso sexual, “cualquier contacto sexual con una persona menor de 18 años por parte de un adulto desde una posición de poder o autoridad sobre el niño” según la relación entre la víctima y el agresor este abuso puede ser:
o Incesto
o Violación
Consecuencias:
o Vergüenza y miedo
o Asco y desconfianza
o Ideas e intentos de suicidio
o Dificultad de relacionarse (miembros del sexo del agresor)
Consultando algunos documentos como López Rodríguez, se pueden establecer algunos otros tipos de maltrato como:
- No aceptar la identidad sexual del menor.
- Explotación laboral: asignación de trabajos que no son considerados apropiados para niños en esa sociedad
- Y alguno más.
Luego, cuando esto sucede, existen unos pasos a seguir para normalizar la situación o cuanto menos mejorarla. Estos son:
- PROGRAMA DE TRATAMIENTO FAMILIAR: no obligatorio para las familias, sino una medida de apoyo si lo desean.
- ACOGIMIENTO FAMILIAR: El acogimiento introduce en el escenario a un protagonista distinto, es decir, a la familia acogedora, una familia de sustitución o de reemplazo en las funciones que aquéllos no han cumplido o no lo han hecho adecuadamente. Naturalmente intervienen también el Juez, el Fiscal y la Autoridad administrativa competente.
- ACOGIMIENTO RESIDENCIAL: se distinguen los centros de acogida inmediata, las casas tuteladas, las residencias… El principio inspirador de esta medida es socializar al niño como en su familia.
- ADOPCIÓN: solo es en casos extremos y se utiliza como medida última. Es necesario tener como mínimo 25 años para adoptar a un menor en desamparo y ser 14 años más mayor que el menor. Los que adoptan no pueden ser su abuelo, hermano o cuñado..
Otros conceptos relacionados con el tema son la tutela administrativa, la guarda administrativa, la patria potestad y tutela.
En cuanto a tutela administrativa pude deducir que es el proceso por el cual la Administración asume la patria potestad y la guarda. Sólo en los casos en que hay desamparo.
En cuanto a la guarda administrativa, se puede definir como el proceso a través del cual la administración asume los cuidados del menor a solicitud de los padres por enfermedad grave o prisión de los mismos. Es sólo por un tiempo. No tienen la autoridad de administrar los bienes del menor.
Con respecto a la patria potestad, no es más que el conjunto de derechos que la ley confiere a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos no emancipados así como el conjunto de deberes que también deben cumplir los padres respecto de sus hijos.
En relación a la tutela, es una responsabilidad que se tiene o no. Es el cuidado, atención y responsabilidad sobre el menor.
Al igual que en exposiciones anteriores que he comentado, lo importante aquí es la función que realizan los educadores sociales en este campo.
Estos realizan:
En cuanto a tutela administrativa pude deducir que es el proceso por el cual la Administración asume la patria potestad y la guarda. Sólo en los casos en que hay desamparo.
En cuanto a la guarda administrativa, se puede definir como el proceso a través del cual la administración asume los cuidados del menor a solicitud de los padres por enfermedad grave o prisión de los mismos. Es sólo por un tiempo. No tienen la autoridad de administrar los bienes del menor.
Con respecto a la patria potestad, no es más que el conjunto de derechos que la ley confiere a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos no emancipados así como el conjunto de deberes que también deben cumplir los padres respecto de sus hijos.
En relación a la tutela, es una responsabilidad que se tiene o no. Es el cuidado, atención y responsabilidad sobre el menor.
Al igual que en exposiciones anteriores que he comentado, lo importante aquí es la función que realizan los educadores sociales en este campo.
Estos realizan:
- Aumentar la capacidad de los niños para poder actuar sobre su propio destino.
- Que los niños se sientan bien, siendo protagonistas de sus vidas.
- Favorecer un adecuado desarrollo infantil y la maduración integral de estos.
- Velar por que los niños tengas cubiertas sus necesidades educativas o reeducativas.
- Etc.
A parte de esto, la labor de los educadores se basan fundamentalmente en tres áreas básicas.
- La personal, aspectos relacionados con su desarrollo y desenvolvimiento personal y adaptación de su conducta al nuevo medio.
• Físico
• Psicológico
• Social - Escolar, donde se intentará que recuperen el retraso escolar para adquirir un nivel educativo adecuado, se realizará el seguimiento del menor en el centro educativo, etc.
- Socio-familiar, esto tiene que ver con los aspectos que influyen en la vida alternativa al internamiento y se trabaja por ejemplo la inserción sociolaboral de los jóvenes
No hay comentarios:
Publicar un comentario